Crisis en Cuba: gobierno extiende medidas de importación sin aranceles hasta junio

Grandes equipajes hacia Cuba: la solución del gobierno a la crisis
Foto: Aduana de Cuba/Twitter
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La crisis se acentúa cada vez más en Cuba y el gobierno decidió nuevamente ampliar el plazo de vigencia de las resoluciones que permiten la importación sin fines comerciales de alimentos, aseo y medicamentos hasta el 30 de junio de 2024. 

En este artículo, los detalles de las cuatro normas publicadas en la Gaceta Oficial No. 13 Extraordinaria de 2024.

Resolución 94 de 2024 de Ministerio de Finanzas y Precios: Autoriza excepcionalmente y con carácter temporal hasta el 30 de junio de 2024, la importación sin carácter comercial, sin límites en su valor y exenta del pago del Impuesto Aduanero de alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado.

Resolución 95 de 2024 de Ministerio de Finanzas y Precios: Prorroga hasta el 30 de junio de 2024, el beneficio establecido en la Resolución 218, dictada por la ministra de Finanzas y Precios, de 11 de agosto de 2022. Por tanto, se autoriza la importación sin carácter comercial, por encima del valor que hoy se establece para la vía de los envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, de las plantas eléctricas de una potencia superior a los novecientos vatios, que se presentaran a despacho de la Aduana General.

Importación sin aranceles: Cuba

Resolución 105 de 2024 de Ministerio de Salud Pública: Autoriza excepcionalmente, sin carácter comercial, exento del pago del Impuesto aduanero y de forma temporal hasta el 30 de junio de 2024, la importación en envases originales de medicamentos e insumos médicos.

Resolución 60 de 2024 de Aduana General de la República: Suspende, de la Resolución 176 de 2022, la aplicación del Anexo Único, que establece la tabla para determinar la valoración por el peso y liquidación del impuesto aduanero a los productos que clasifiquen como alimentos y aseo, así como los que se identifiquen como medicamentos e insumos médicos que sean importados sin fin comercial por personas naturales mediante envíos marítimos, aéreos y postales hasta los límites y valores establecidos en esta y en su lugar aplicar lo estipulado en la presente Resolución.

Revisa todos los detalles en esta página.

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