Subsidio para emigrantes retornados en España

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El subsidio para emigrantes retornados en España, como su nombre lo indica, es una prestación a la que tienen derecho los españoles que regresan de determinados países en los que han trabajado. Es una de las ayudas sobre la que más información solicitan los cubanoespañoles. 

Al respecto, el sitio web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recoge los aspectos fundamentales a tener en cuenta para que los españoles que vuelven a España puedan cobrar esta ayuda. 

Algunos de los requisitos que deben cumplir los solicitantes son: 

  • Estar desempleado o ser trabajador emigrante retornado de países no pertenecientes a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • Inscribirse durante un mes como demandante de empleo en España. ¡OJO!, la persona deberá mantenerse inscrita durante todo el periodo de duración del subsidio.  
  • Haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
  • No tener derecho a la ayuda por desempleo por cotizaciones que pudiera tener acumulada en los seis años anteriores a su salida de España.

Según el SEPE, esta ayuda para ciudadanos españoles que retornan al país se concede por seis meses, aunque es posible prorrogarla por un máximo de hasta 18 meses, siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos.

¿Qué documentos hay que presentar para solicitar la ayuda de emigrantes retornados en España? 

De acuerdo a la información oficial ofrecida son:

  1. Documento de identidad del solicitante e hijos/as que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud.
  2. DNI español o pasaporte.
  3. Cualquier documento bancario donde aparezca el número de cuenta y que demuestre que el solicitante es titular. Allí recibirá la ayuda de ser aprobada. 
  4. Certificado de emigrante retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo e Inmigración de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno en el que deberá constar: la fecha del retorno, el tiempo trabajado en el país extranjero, el período de ocupación cotizada, en su caso, y que el interesado no tiene derecho a prestaciones por desempleo en dicho país. 
  5.  Además, si lo requieren en la oficina de empleo deberá entregar un justificante de rentas.

Es importante que sepas que una vez la persona regrese a España, solo dispone de 30 días para poder registrarse como demandante de empleo. A partir de este tiempo, se abre el plazo de 15 días para poder pedir la ayuda.

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